El consentimiento por pasividad doliente en los delitos de violación sexual
Fecha
2024Autor
Sernaqué Vela, Lorena Kimberling Azucena
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
Actualmente se han visto violaciones sexuales cometidas en grupo y sin que la víctima emita acción de oposición a dicho acto. En esta investigación se ha estudiado y propuesto una nueva modalidad dentro de los delitos de violencia sexual, que denominamos, el ilícito de violación sexual bajo la modalidad de estado de pasividad doliente de la víctima, que debe ser regulada e implementada en un artículo adicional en el código penal peruano, en el libro de delitos contra la libertad sexual. Con su regulación evitaremos vacíos jurídicos al momento de interpretar la norma. Asimismo, hemos seleccionado 10 sentencias emitidas en la jurisprudencia internacional y nacional, y del análisis hemos corroborado nuestra hipótesis tanto general como específicas, es decir, se ha logrado determinar que no se debe confundir el consentimiento con la pasividad doliente de la víctima en los delitos de violación sexual. Asimismo, se ha determinado que los agentes que inciden para cometer el ilícito de violación sexual en un estado de pasividad doliente de la víctima, son factores sociales, económicos, psicológicos, jurídicos y también por ideología de género. Se ha podido instaurar que las diferencias entre la modalidad de pasividad doliente de la víctima con las modalidades de violación sexual reguladas en el Código Penal, radica en la forma y circunstancias de la ejecución del ilícito. Finalmente, recomendamos que resulta necesaria la regulación jurídica de la figura de la pasividad doliente como nueva modalidad del ilícito de violación sexual, con la finalidad de dispensar los vacíos jurídicos.